martes, 18 de abril de 2023

La secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, presentó a los socios de la Asociación Mexicana en Dirección de Recursos Humanos A.C. (Amedirh) la Guía de acciones para los contratos colectivos no legitimados, con la finalidad de dar certidumbre a las acciones de las empresas después del 1 de mayo, cuando vence el plazo para la realización de este proceso.

 

Plataforma   Laboral

+Guía para contratos colectivos no legitimados

+El Sindicato de Notimex dice no a liquidación

+De 201t6 a 2020 más de 1,500 linchamientos

Armando Téllez Flores  

La secretaria del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde, presentó a los socios de la Asociación Mexicana en Dirección de Recursos Humanos A.C. (Amedirh) la Guía de acciones para los contratos colectivos no legitimados, con la finalidad de dar certidumbre a las acciones de las empresas después del 1 de mayo, cuando vence el plazo para la realización de este proceso.


En la reunión, la titular de la STPS destacó que uno de los pilares de la reforma laboral es la libertad y la democracia sindical, de la que es parte el proceso de legitimación de contratos colectivos de trabajo, cuya etapa se encuentra a punto de concluir, y busca rescatar la negociación colectiva auténtica, con la existencia de contratos vivos y la posibilidad de que las y los trabajadores vean reflejados sus intereses a través de un sindicato.

A la fecha, agregó la responsable de la política laboral, 3 millones 777 mil trabajadores han votado en estos procesos para legitimar 15 mil 453 Contratos Colectivos. Probablemente, puntualizó, serán cerca de 4 millones de trabajadores protegidos, cifra similar a la que el INEGI reporta de personas que se auto reconocen sindicalizadas.

Así, posterior al 1 de mayo, se habrá logrado depurar “todos aquellos contratos que si bien estaban registrados ante la autoridad laboral, no tenían en realidad una negociación viva o una representación sindical idónea”.

Para saber qué pasa después de la conclusión de la legitimación del primero de mayo, la STPS emitió una Guía de puntos concretos a observar en caso de que no se haya legitimado el contrato colectivo, dirigido específicamente para las áreas de recursos humanos y los directivos de empresas, abundó.

En diez puntos, detalló, la Guía establece:

La empresa no puede disminuir los salarios, derechos y prestaciones que están pactadas en el contrato colectivo de trabajo.

La transición de un contrato colectivo a contratos individuales no implica, en ninguna circunstancia, que los derechos se vean afectados.

La empresa no puede seguir descontando las cuotas sindicales a las y los agremiados del sindicato cuyo contrato colectivo se dio por terminado.

La empresa no podrá conceder prerrogativas o consideraciones especiales al sindicato cuyo contrato colectivo se dio por terminado porque ya no representa a todos los trabajadores.

La empresa no podrá pactar convenios de revisión salarial ni contractual con el sindicato cuyo contrato colectivo se dio por terminado porque ya no existe esta representación de la mayoría.

La empresa no podrá condicionar la contratación o permanencia de las y los trabajadores a causa de su afiliación sindical.

El sindicato cuyo contrato colectivo se dio por terminado no podrá emplazar a huelga a la empresa o amenazar con suspender labores, al no tener la titularidad.

El sindicato cuyo contrato colectivo se dio por terminado podrá seguir realizando actividades sindicales en igualdad de condiciones que otros sindicatos.

El empleador deberá negociar un nuevo contrato colectivo con el sindicato que obtenga la constancia de representatividad, siempre deben estar abiertos a que existe la posibilidad de que en el futuro cercano pueda un sindicato obtener una constancia de representatividad y ese sindicato, en ese momento tiene la validez de la autoridad laboral y la posibilidad de emplazar a huelga.

La autoridad abre canales de comunicación para recibir  denuncias sobre alguna violación a los puntos anteriores, a través de las siguientes cuentas de correo electrónico inconformidades@centrolaboral.gob.mx  e inspeccionfederal@stps.gob.mx

La Guía se encuentra disponible para consulta en https://www.gob.mx/stps/documentos/no-se-legitimo-el-contrato-colectivo-en-tu-empresa..

RECHAZA SINDICATO DE NOTIMEX  PROPUESTA DE LIQUIDACION

Ante la propuesta de liquidación del gobierno de México para los trabajadores de la agencia Notimex, el SutNotimex expresó su rechazo al proceso y demandó que se lleven a cabo las acciones correspondientes para rendición de cuentas y fincamiento de probables responsabilidades, por una deficiente administración de la Dirección de Notimex, SEÑALÓ Adriana Urrea.

 A través de un comunicado dado a conocer este lunes, se informó que el gobierno federal formalizó la propuesta de liquidación para los trabajadores que se mantuvieron en huelga, presentada por los secretarios de Gobernación, Adán Augusto López Hernández; del Trabajo y Previsión Social, Luisa María Alcalde Luján, y por el vocero de la presidencia, Jesús Ramírez Cuevas.

En la reunión efectuada en la Secretaría de Gobernación, SutNotimex “manifestó su rechazo a la propuesta y a favor de la posibilidad de encontrar una salida diferente al planteamiento que cerraría la fuente de empleo de cientos de trabajadores y de la otrora agencia de noticias más grande de América Latina”.

 “A pesar de los dos posicionamientos, se llegó a un acuerdo para mantener un diálogo amplio y franco entre las partes para encontrar la mejor salida tanto al conflicto de huelga, como al planteamiento de extinción de Notimex. “Una vez conocido el planteamiento oficial, se trabajará con la Asamblea del SutNotimex para su consideración y a partir de ello, se establecerán nuevos encuentros en siguientes fechas”….

DE 2016 A 2022, MAS DE 1,600 LINCHAMIENTOS EN MEXICO

Los linchamientos en el país no ocurren exclusivamente en el medio rural, sino en zonas netamente urbanas, siendo Puebla, Estado de México, Hidalgo, Tlaxcala, Oaxaca y la capital las entidades con mayor prevalencia al concentrar más de 74 por ciento de los casos, coinciden los doctores Raúl Rodríguez Guillén y Norma Ilse Veloz Ávila, investigadores de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM).

En el artículo Acerca de los linchamientos (y el vigilantismo): reflexiones sobre la violencia en México, publicado en el número 237 de la revista El cotidiano de la División de Ciencias Sociales y Humanidades de la Unidad Azcapotzalco, los especialistas estudiaron este fenómeno, que es mayormente abordado como nota roja por los medios de información.

“Desde nuestro particular punto de vista, estos ajusticiamientos constituyen un tipo de acción colectiva (tumultuaria) de carácter acremente violento (fatal), en la que los participantes manifiestan un alto grado de indignación moral (irritación compartida) en respuesta punitiva no legal (sin debido proceso judicial) a conductas de individuos (ofensores-víctimas) que atentan contra la vida, integridad, dignidad o patrimonio de miembros del grupo, y que expresan la crisis de autoridad o pérdida de confianza en los aparatos de procuración y administración”, sostienen.

De acuerdo con datos recabados por los especialistas, en el periodo 2016-2022 este tipo de quebrantamiento social registró mil 423 casos en la modalidad de linchamiento y 196 en grado de tentativa, para un total de mil 619.

Aun cuando estos actos aparecen como castigos hacia individuos a quienes se les imputa sin un debido proceso la comisión de delitos –o tentativa– como robo o abuso, violación y secuestro, su ejecución “acusa causas más profundas que es necesario indagar para poder explicarlos, como el descontento que va más allá del hecho inmediato”.

En este contexto “cabe preguntar por qué se llega a tal grado de irritación social que un grupo de personas decide infligir a uno o varios individuos el castigo de privación de la vida, sin mediar un debido proceso judicial, lo cual lleva a plantear que estos actos suelen ser fruto de la rabia acumulada ante la inexistencia regional, local o nacional del Estado de derecho”, como señaló Carlos Monsiváis.

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