viernes, 9 de marzo de 2012

DICTAMEN CONTRA EL ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL

Plataforma9    Laboral
+ Temor de servidores públicos
J. Armando Téllez Flores
Se difundió en diversos medios de comunicación el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en torno a una demanda de amparo promovida por una servidora pública, quien demandaba el pago de lo que se denomina “Pensión Integrada”, es decir, el pago del 100% de lo que aparecía en su recibo de pago de manera regular como “trabajadora activa”, que integra desde el sueldo básico de cotización (también conocido como sueldo tabular o concepto “01” en algunas dependencias”) hasta los diversos pagos por ayuda de despensa, vales de fin de año, fondo de ahorro capitalizable, ayuda para transporte y, la parte más sustancial del sueldo: la denominada “compensación garantizada”, que es la parte más importante de las percepciones entre los funcionarios de mandos medios y superiores. La SCJN basa su resolución en lo dispuesto en la nueva Ley del ISSSTE –contra la que demandaba el amparo la quejosa—y aduce que no contraviene lo dispuesto en el artículo 123 constitucional, que prohíbe la disminución del salario a los trabajadores. Argumenta que no son equiparables los conceptos de “pago de salario” con “pago de pensión”. Habrá que checar si esta acción  cancela la posibilidad de demandar Pensión Integrada, por lo que un trabajador dejará de percibir más del 50% de sus ingresos al momento de jubilarse, pues de ser así, resulta injusta la medida, pues los ministros de la Suprema Corte reciben como asistencias económicas: la prima quinquenal; compensación por presidencia; compensación por decanato; prima vacacional; 40 días de aguinaldo; aportaciones para festejo del Día de la Madre; compra de anteojos; gastos de defunción; ayuda prejubilatoria; estímulo por jubilación; otro estímulo por antigüedad y apoyo por incapacidad médica. Además, cuentan con dos vehículos, tres celulares, gastos de alimentación, becas, prestaciones médicas complementarias independientes de los seguros, cocinero, elevador exclusivo con edecán, así como espacios de estacionamiento. Los legisladores y organismos autónomos (como el IFE) se autogeneran cochinitos para repartirse al final de cada año o proceso electoral. El Gobierno Federal, desde Vicente Fox hasta Felipe Calderón, no ha defendido a sus trabajadores de mando, permitiendo una contención salarial plasmada en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año. Ahora, con una contención en el monto de la pensión, es de esperar que menos servidores públicos se jubilen, lo que afectará la de por sí baja productividad del Gobierno. Seguramente que la FSTSE que preside Joel Ayala Almeida está muy al pendiente de este caso, pues ha protestado que sólo el alta burocracia, que ha crecido desmesuradamente, se ha visto beneficiada con elevadas percepciones. Todo indica que para el futuro de los trabajadores es que deberán esperar, en el mejor de los casos, el pago de 10 salarios mínimos como máximo en el Distrito Federal por concepto de pensión cuando concluyan su “vida laboral activa”, es decir, cuando dejen de trabajar, mientras otros se llevan la gran tajada…...
(tellezflores@hotmail.com)

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