martes, 19 de septiembre de 2023

Luc Triangle, actualmente Secretario General en Funciones de la CSI, recibió numerosas nominaciones de afiliadas procedentes de todas las regiones y, tras cumplirse el plazo previsto, ningún otro candidato fue nominado.

 

Plataforma Laboral

+Hay un solo candidato a dirigencia de la CSI

+COFECE aplica multas millonarias a monopolio

+Donan predios para casas de adultos mayores   

Armando Téllez Flores

La 32ª reunión del Consejo General, mantenida en línea, confirmó que


Luc Triangle es el único candidato al puesto de Secretario General de la CSI, cuya elección deberá tener lugar durante el Congreso Mundial Extraordinario de la CSI el 12 de octubre.


Luc Triangle, actualmente Secretario General en Funciones de la CSI, recibió numerosas nominaciones de afiliadas procedentes de todas las regiones y, tras cumplirse el plazo previsto, ningún otro candidato fue nominado.

“Me honra haber recibido este apoyo y estoy deseando presentar formalmente mi candidatura al Congreso. La gente trabajadora necesita una CSI fuerte y la unidad mostrada en todos los debates mantenidos en el seno del Consejo General demuestra el compromiso de nuestras organizaciones miembros para asegurar esa fortaleza”, declaró Luc Triangle, cuyo manifiesto de candidatura puede consultarse aquí.

Otros puntos tratados en el Consejo General incluyeron una revisión de la participación sindical en los procesos de los BRICS y el L20 –contraparte sindical del G20–, particularmente teniendo en cuenta la exclusión de sindicatos del L20 bajo la presidencia india del G20. El Gobierno Modi intentó infructuosamente dejar de lado al L20 a favor de sus aliados en el frente nacionalista hindú.

El Consejo recibió asimismo información actualizada sobre los esfuerzos desplegados para desbloquear la situación en la OIT en relación con el derecho de huelga, sometiendo la cuestión a la Corte Internacional de Justicia. Además estableció un Grupo de Trabajo encargado de revisar las bandas de las cuotas de afiliación – en función de los distintos niveles de desarrollo económico de cada país– y otras cuestiones relacionadas. La próxima reunión del Consejo General tendrá lugar en Bruselas, del 12 al 14 de diciembre de 2023.

COFECE APLICA MULTAS MILLONARIAS EN AREA DE GASES INDUSTRIALES

El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Comisión o Cofece) sancionó por un total de 2 millones 601 mil 244 pesos a Equipos para Gas, S.A. de C.V. (EGSA), Gas Tecnología y Equipos, S.A.P.I. de C. V. (Gastek)  y tres personas físicas, una de ellas al actuar en representación de una persona moral, por haber cometido una práctica monopólica absoluta, al pactar en un contrato una cláusula para que algunas de esas personas no entraran al mercado de equipos para gases industriales.

De esta manera los sancionados acordaron restringir la oferta de los bienes y servicios requeridos para la integración, instalación, mantenimiento y comercialización de equipos, accesorios y refacciones para el aprovechamiento de gases industriales, entre los que se encuentra el gas LP. Este tipo de acuerdos genera un perjuicio a quienes usan determinado bien o servicio, toda vez que se reducen las opciones de los consumidores.

La Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) permite que, cuando se realiza una concentración (por ejemplo, una compraventa de acciones), el vendedor y el comprador pacten cláusulas para proteger el valor del negocio que adquiere el comprador. Por ejemplo, pueden pactar que el vendedor no podrá entrar al mismo mercado en cierto tiempo, dado que conoce cómo funciona, cuáles son los clientes o dónde están los proveedores, y ello haría que la entrada del comprador fuera demasiado difícil.

A esas cláusulas se les llama “cláusulas de no competencia” y están permitidas cuando están delimitadas en cuanto a las personas, los productos, las zonas geográficas y las temporalidades a las que se aplicarán. Sin embargo, si no están estrechamente relacionadas con la concentración que buscan proteger y sus términos no son estrictamente necesarios para conseguir dicha finalidad, se consideran ilegales.

En este caso, se determinó que el acuerdo para limitar la competencia no se podía considerar como parte de la compraventa de acciones entre las partes (esto es, de una concentración) dado que no estaba directa ni estrechamente vinculado a la misma, ni era indispensable ni proporcional para su realización; por lo cual no podía analizarse como una cláusula de no competencia permitida por la LFCE, sino como una práctica monopólica absoluta. Así, se determinó que, en realidad, fue un arreglo entre dos grupos de competidores para reducir la oferta, ya que por dicho acuerdo uno de esos grupos se obligó a no entrar al mercado.

El acuerdo entre EGSA y Gastek retrasó el acceso de esta última al mercado. La Comisión observó que, durante la realización de la conducta, EGSA ofrecía una menor cantidad de bienes y obtenía un margen de utilidad más alto. Al concluir el acuerdo, la oferta de bienes en el mercado se incrementó, y disminuyó el margen de utilidad de EGSA.

En este sentido, la Comisión reitera su disposición para resolver las consultas o dudas que pudieran surgir respecto a los términos en los que una cláusula o acuerdo que limite la competencia se considerará como parte de una concentración y cuándo se considerará ilegal. Los agentes económicos sancionados tienen el derecho de impugnar esta resolución por medio de un juicio de amparo indirecto ante el Poder Judicial de la Federación….

AUTORIZA CONGRESO DEL EDOMEX DONANCION  DE PREDIOS PARA CASAS DE ADULTOS MAYORES

Por unanimidad, el Congreso mexiquense aprobó a los ayuntamientos de La Paz y Tepetlaoxtoc la desincorporación y donación de predios de su patrimonio para la construcción de casas de día de personas mayores por parte del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México (DIFEM).

 

En sesión deliberante, las legisladoras Anais Miriam Burgos Hernández y Elba Aldana Duarte, de Morena, dieron lectura a los dictámenes en los cuales se establece que las casas de día del adulto se constituyen en programas y acciones para brindar servicios asistenciales a las personas mayores residentes de dichas localidades y los municipios aledaños.

El predio en la Paz corresponde al lote 158-A, manzana 04, zona 01, ubicado en calle Cerrada Prolongación 2 de abril, número 1, en la colonia Los Reyes y sus Barrios Tecamachalco ll, actualmente Los Reyes Acaquilpan, mientras que en Tepetlaoxtoc se trata del lote 2, resultante de la subdivisión del predio denominado Tres Picos, ubicado en calle Acolco sin número, barrio la Columna. 

Las donaciones de los inmuebles están condicionadas a que no se cambie el uso y destino que motivó su autorización y que, en caso contrario las donaciones se revoquen a favor del patrimonio de los municipios.

Durante la sesión, el legislador Mario Ariel Juárez Rodríguez (Morena) cuestionó los procedimientos para la donación cuando las obras ya fueron construidas, mientras que la legisladora Aurora González Ledezma (PRI) indicó que el procedimiento tiene dos momentos: la construcción de la obra y una vez concluida, cuando requiere mantenimiento.

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