martes, 8 de noviembre de 2011

RESPUESTA A LA STPS

Plataforma8  Laboral
+Respuesta a la STPS
J. Armando Téllez Flores
DANDO respuesta a la carta aclaratoria que envió la STPS que encabeza Javier Lozano, en torno a que con la información proporcionada en conferencia de prensa por el Sindicato Minero que encabeza Napoleón Gómez Urrutia, y publicada aquí, desorientamos a la opinión pública, es lamentable que un funcionario de la dependencia señalada como el Doctor Álvaro Castro, Coordinador de Asesores, se preste a lo que es falso por las siguientes razones: El Funcionario Público señala que existieron diversos juicios o procedimientos ante la autoridad laboral, en los que se dieron por concluidas las relaciones de trabajo individuales y colectivas en la empresa Mexicana de Cananea, S.A. de C.V., con el Sindicato Minero, con lo cual esa misma autoridad  laboral pretende haber dado por terminada la huelga promovida por el Sindicato, cosa que las leyes mexicanas en la materia no avalan, ya que la huelga fue declarada existente por diversas instancias de la Judicatura Nacional, en forma definitiva e inatacable y por lo tanto existe legalmente. El funcionario también olvida o desconoce los tratados internacionales y las instancias fuera del país a las que puede recurrir el Sindicato Minero, máxime que en el presente año nuestra Carta Magna fue modificada en su artículo primero, a efecto de que se respetaran jerárquicamente los tratados internacionales, equiparándolos a la norma constitucional, para el efecto de que los tratados, según los jursperitos consultados, tengan validez, coercibilidad, exterioridad y sean aplicables como el derecho patrio. El funcionario debe saber que cuando las instancias locales dan por  concluido un proceso de manera ilegal, surge el derecho a recurrir a las instancias internacionales; para solicitar medidas cautelares a favor de los trabajadores afectados, y para atacar o recurrir el fondo del asunto: el ilegal despido de todos los mineros de Cananea y el ilegal cese del derecho a la huelga. Cabe mencionar que quien ha mal informado y confundido a la opinión pública, ha sido la propia instancia gubernamental, a través de sus voceros, generando una situación contra el estado de derecho manipulable para intereses de algunos cuantos, como lo fue el dictamen que emitió la Secretaria de Economía a través de la Dirección General de Minas, declarando que existían causas de "fuerza mayor" por una inspección que nunca realizó dentro de las instalaciones de la empresa Mexicana de Cananea, S.A. de C.V. por estar en huelga, con lo que se pretende dar por terminadas las relaciones de trabajo y el derecho de huelga ilegalmente. Tan es así que dicha causa de "fuerza mayor" nunca existió ya que apenas un año después la citada empresa reanudó sus operaciones ilegalmente, contratando trabajadores no sindicalizados y dándole entrada a un sindicato que no representa el verdadero interés profesional de los trabajadores, sino únicamente los intereses de la empresa Mexicana de Cananea, S.A. de C.V. Por todo lo anterior, las manifestaciones hechas por el funcionario federal en su carta del día cuatro de los corrientes, podrían verse como un acto de censura y violatorio de la garantía que tenemos los comunicadores consagrada en el artículo Sexto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
 (tellezflores@hotmail.com)



No hay comentarios:

Publicar un comentario